Legalidad desconectada o justicia por siglos de discriminación

logo-elespectador

Por: Fabiola Calvo

Listas de mujeres en la coyuntura electoral, es un precedente histórico en Colombia. Quizá unas buscan desde su convicción trabajar por los derechos de quienes teniéndolos, aún no los tienen, buscan agradecer con sus militancias, a las ancestras que lograron que ellas estén ahí. Otras llegarán con la cultura androcéntrica heredada e impuesta pero no deja de ser una expresión simbólica y real de que las mujeres sí pueden.

Diríase que es un riesgo avalar la ilegalidad porque no está el 30% de los hombres. Entenderlo así, es castigar el eslabón más débil sin mirar las evidentes ilegalidades integradas, en tales circunstancias el concepto de las listas no debería ser absoluto.

Una mujer entra con ese 30% alimentando la lista de los señores, es decir, que sirve para empujar al varón electoral. Entran en la lista pero ¿llegan? y muchas renuncian a sus candidaturas a cargos públicos de elección popular porque sus partidos no las apoyan para conseguir financiación, tienen desventaja por la falta de experiencia, carecen de equipos. Ni igualdad ni equidad.

¿Qué es más importante señores Magistrados y Magistrada del Consejo Nacional Electoral, la raquítica legalidad, desconectada de las demás leyes o hacer justicia por siglos de discriminación?

Atenerse a la legalidad implica entender que las leyes y los derechos, la normativa nacional y la que firma Colombia en el marco internacional hacen parte del paquete constitucional.

Colombia firmó la CEDAW (por sus siglas en inglés), Convención para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer; firmó Belem Do Pará y otros tantos tratados. ¿Cumplirían al revocar las listas?

Artículo 13 de la Constitución Política de Colombia. Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma protección y trato de las autoridades y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica.

 No hemos logrado la igualdad en derechos tampoco las condiciones para ejercerlos, o sea, alimentamos no a una democracia imperfecta, sí a una democracia de papel. La igualdad y la equidad están asociadas a la justicia por ello es necesario y urgente salir de lo formal porque lo real se llama urgencia.

El informe Atenea Mujeres: la hora de la paridad, Realizado por ONU Mujeres, PNUD  e Idea Internacional, demuestra que en Colombia la participación política de las mujeres, tradicionalmente discriminadas ha sido a cuentagotas.

En Colombia Siglo XXI un 18% en la Cámara y un 21,3% en el Senado deja claro que la tarea no se ha hecho ni por los partidos, ni el Estado, ni los gobiernos; sí han cumplido débilmente el 30% como requerimiento de la ley 1475 DE 2011 pero sin la conciencia que exige tal demanda.

 Con el 12% de ellas en alcaldías, las cifras no hablan, gritan: 965 alcaldes y 134 alcaldesas; los concejos cuentan con una representatividad de un 82,4% de hombres y 17,6% de mujeres.

Estos datos reflejan que los obstáculos continúan, los planes de desarrollo no incluyen o lo hacen con pobres presupuestos para promover los derechos de las mujeres. ¿Por qué 1724 feminicidios entre 2017 y 2018, de acuerdo a las cifras presentadas en el debate de control político sobre este tema.

Tampoco los medios se salvan. La Red Colombiana de Periodistas con Visión de Género realizó un seguimiento a cuatro periódicos con amplia difusión durante 36 días en la campaña presidencial el pasado año. En las 651 piezas informativas y editoriales de los 144 impresos, solo el 20 % de mujeres fueron citadas como fuente.

Si todo refleja un maltrecho avance ¿Por qué sancionar  listas de mujeres de diferentes partidos para Concejo y varias, para Junta Administradora Local? El espíritu de la ley fue una acción a favor de las mujeres, de esas que propuso la Plataforma de Beijing para su adelanto histórico, pero si no se cumple tal espíritu es porque siguen las barreras.

En el Artículo 107 de la CP. “Los Partidos y Movimientos Políticos se organizarán democráticamente y tendrán como principios rectores la transparencia, objetividad, moralidad, la equidad de género, y el deber de presentar y divulgar sus programas políticos”.

Somos el 52% de la población ¿por qué tanto permiso para reclamar lo propio? ¿Transgresión? Siempre ha sido para saltos en la historia y en este caso es una sencilla defensa de un derecho político ¿por qué impedir que se impulsen ellas mismas?

La institucionalidad y la sociedad deben incorporar en su convicción democrática, el entierro a la subvaloración de las mujeres y contribuir con la abolición de muros “para que ellas sean concebidas y se autoconciban como sujetos con autonomía y libertad”, afirma Graciela Vélez Bautista en su libro, La construcción social del sujeto político femenino. Es preciso que la igualdad sea real y efectiva.

tomado de: https://cutt.ly/Aw5ptg4